Tengo diagnóstico de lupus eritematoso sistémico y sjogren secundario por reumatólogo . Ayer un médico

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Tengo diagnóstico de lupus eritematoso sistémico y sjogren secundario por reumatólogo . Ayer un médico de medicina interna me preguntó por qué tenía ese diagnóstico si tengo anti DNA negativo . Anas 1/1290 anti robo y la positivos , complementos C3 bajo , más sintomatología ,es necesario anti DNA?
Para nada. El diagnóstico de lupus eritematoso sistémico NO se realiza en función de la positividad de los anticuerpos anti-DNA. Se realiza en función de la sintomatologia y determinados hallazgos analíticos. La mayoría de pacientes con lupus tienen los anticuerpos anti-DNA negativos y eso no invalida su diagnóstico. El especialista en enfermedades autoinmunes sistemicas (como el lupus) es el reumatólogo. Me parece muy poco profesional y ético que un internista cuestione el diagnóstico de un especialista en su materia y además que lo haga basado en ideas erróneas y sin ningún tipo de fundamento. Lo único que consigue es confundir al paciente y perjudicarle.

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La clasificación de un paciente dentro del diagnóstico de lupus eritematoso sistémico o del síndrome de Sjögren NO requiere que en los análisis se detecten anticuerpos anti-DNA. Existen criterios clínicos y biológicos (análisis), siendo preciso cumplir cuatro o más de dichos criterios. Ya que no dispongo de más información de la que usted me señala, he de considerar que usted cumplía más de cuatro de los criterios. Los anti-DNA de doble cadena se pueden detectar también en pacientes con artritis reumatoide, esclerodermia y otras enfermedades autoinmunes, aun cuando sean bastante específicos del lupus eritematoso sistémico.
El diagnóstico del LES sigue siendo eminentemente clínico, no obstante la presencia de ANA positivos nos van a ayudar, sobre todo si se asocia a la presencia de unos niveles de complemento bajo. Actualmente, para si diagnóstico, como norma más generalizada, se utilizan los criterios de clasificación de la ACR modificados (1997), aunque existen otros criterios desarrollados como los del grupo SLICC. Estos criterios están formados por once parámetros, tanto analíticos como clínicos, entre los cuales, figura la presencia de Anti- DNA positivo, siendo este un parámetro más, no siendo requisito necesario para diagnosticar a un paciente con LES. Por tanto, no es necesaria la presencia de Anti-DNA positivo para diagnosticar a un paciente de LES.

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